General, Hombre y Mujer — 28 febrero, 2013 at 9:53 am

Víctimas de la Ley de Violencia de Género: los «hombres invisibles» (hoy: Miguel y Juan Carlos)

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Muchos habéis sido los que me habéis escrito esperando una reacción por mi parte a la polémica por las declaraciones acerca de las denuncias falsas por violencia de género del diputado Toni Cantó.
Bueno, la realidad es que esas declaraciones se produjeron dos días después del congreso sobre este tema al que acudí el viernes, y en el que se dieron cita policías, guardias civiles, activistas europeos, pensadores, un nutrido grupo de ex feministas (feministas por la igualdad)… y un diputado autonómico de UPyD (el partido de Cantó). Si no he hablado antes es porque esperaba en estos días que la mentira se destapara pero, dado que nadie prende la mecha, voy a soltarla yo.
Curiosamente, el día que Toni Cantó habló, estaba entrevistando a dos hombres víctimas de la ley de violencia de género: Juan Carlos (taxista) y Miguel (músico).
A través de sus historias conoceréis una realidad silenciada que ha hecho que el delito de «violencia de género» sea hoy más numeroso en las cárceles españolas que cualquier otro (incluido el tráfico de drogas) y que está haciendo que se construyan módulos especiales en las cárceles para tal fin (ya no caben).
¿Que por qué le pueden meter en la cárcel a uno?
Por tirarse un pedo delante de ella, por mandarla a la mierda o, incluso, por dejar de pagar la pensión al hijo durante tres meses (aunque se esté en el paro y no se tenga ingresos). Las dos primeras causas están tipificadas como «maltrato psicológico», la tercera, no contempla que el hombre no tenga recursos o se quede en la calle. Los campings españoles están repletos de hombres que se han quedado en la calle por culpa de esta paranoia: pero no le importa a nadie (menos a UPyD).
En las entrevistas, por ejemplo, os enteraréis de qué es «la bala de plata» en manos de la mujer y, más abajo, veréis algunos datos del abogado Felipe Pérez del Valle, Consejero de Defensa del Tribunal Penal Internacional que reflejo en mi libro sobre esta Ingeniería Social.
Para enteraros de cómo se manipulan las estadísticas:
La mujer no puede arrepentirse de poner la denuncia; el fiscal actúa de oficio aún sin su consentimiento y ese hombre denunciado, automáticamente, figurará como procesado.
Dado que tiene que demostrar su inocencia (el testimonio de la mujer es una prueba que no hace falta demostrar), el fiscal trata de llegar a acuerdos con el hombre; a cambio de no ir a la cárcel, si el hombre da su conformidad a su culpabilidad, las estadísticas pueden engordar, que es de lo que se trata. Los casos de «conformidad» son una mayoría ahora mismo.
Ha llegado la hora de acabar con este gulag, que ha convertido España, en un campo de concentración de hombres heterosexuales.
PD: Mucho ojo en Latinoamérica porque tenéis la Paranoia a la vuelta de la esquina.


Más abajo, las cifras que no te cuentan.

Ahí van más cifras; las extraje de un artículo publicado en el Diario de León por el abogado Felipe Pérez del Valle, Consejero de Defensa del Tribunal Penal Internacional.
Desde su entrada en vigor, el 29 de junio de 2005, hasta el 31 de diciembre de 2009, es decir, cuatro años y medio después, se registraron 823.580 procedimientos penales contra hombres en los Juzgados de Violencia de Género. Ello suponía que un 4,34% de la población varonil española mayor de 18 años había sido objeto de un procedimiento penal por un delito de violencia de género. Más de la mitad de esos 823.580 hombres pasaron por una dependencia policial como detenidos y de esta mitad, la mayor parte de ellos pasó una noche en un calabozo horrible; curiosamente no existen datos estadísticos a este respecto, quizás porque asustaría el comprobar que un número tan elevado de personas han pasado por ese trance.
Además, a consecuencia de estos procedimientos penales se adoptaron en ese periodo de tiempo 315.947 medidas cautelares de naturaleza penal contra los hombres, entre ellas 13.671 privativas de libertad. En 168.184 casos se aplicó la denominada antiguamente “pena de destierro” (27.691 salidas de domicilio; 140.493 alejamientos). Aprovechando esos 823.580 procedimientos penales, las medidas cautelares de naturaleza civil adoptadas en perjuicio del hombre fueron 94.416: en 28.500 supuestos se atribuyó la vivienda a la mujer y se dictaron 15.553 suspensiones del régimen de visitas, de la patria potestad y guarda y custodia.
Continúa Pérez del Valle: “Ese dato de los más de 800.000 procedimientos penales se oculta siempre en los medios de información y en los innumerables organismos públicos que se han creado ex profeso para luchar contra una parte de la violencia, la que afecta a la mujer. Cerca de la tercera parte de los hombres no son condenados, y no se les compensa, indemniza o se les pide perdón por sus padecimientos derivados de la detención policial, estancia en un calabozo policial, sometimiento a un procedimiento penal e incluso prisión. En el ámbito civil, no pueden recuperar el tiempo que les privaron de estar con sus hijos, con sus amigos, en su domicilio, y por supuesto no se hace la misma publicidad de su absolución que de su detención, y ni siquiera se procede a la cancelación automática de sus antecedentes policiales y de su reseña policial tras el sobreseimiento o sentencia absolutoria. Así, el número de sobreseimientos y sentencias absolutorias, es decir, de hombres que a pesar de haber sufrido un procedimiento penal no son condenados ha sido de 251.251 casos, o el 30,50%.
Debe destacarse el número tan elevado de sobreseimientos o supuestos en los que ni tan siquiera el hombre llega a juicio (167.717) y que cerca de la mitad de los hombres que fueron a juicio en los Juzgados de lo Penal, donde se enjuician el mayor número de casos por delitos, fueron absueltos (48.299 sobre 103.697 sentencias dictadas, es decir, el 46,57%). De estos hombres nada se dice”.