España — 20 mayo, 2019 at 8:48 am

Guía para el votante en las elecciones: el escrutinio general se realiza tres días después en la Junta Electoral

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Información importantísima para las próximas elecciones.

Todo votante puede presenciar la apertura de los sobres y supervisar que todo se haga como manda la ley electoral aunque no sea apoderado. No puede hablar a menos que el presidente de la mesa o alguien de la mesa cometa algún delito como por ejemplo abrir un sobre con un lápiz o alterar de cualquier manera el recuento.

El presidente de la mesa es autoridad y debe velar por que se mantenga el orden en todo momento. Si no lo hiciera cualquier votante puede denunciarlo a la mesa y pedir que conste en acta.

Si la falta es muy grave conviene tomar nota del nombre del presidente de la mesa y del número de la mesa para denunciarlo en el juzgado de guardia.

Siempre guardar las copias de todas las denuncias.

Es decir que es el presidente de la mesa el responsable de que haya papeletas de todos los partidos, que todo esté en orden para garantizar la plena libertad del derecho a voto. Si observamos que faltan papeletas de algún partido o que éstas están dañadas hay que señalarlo al presidente de la mesa y exigir que conste en acta y exigir que se repongan las papeletas que faltan.

Todo debe decirse con mucha educación y cortesía pero con firmeza.

Se recomienda llevar la copia de la ley electoral y señalar con rotulador todo lo que se refiere a todo este proceso.
la ley electoral se encuentra fácilmente en Internet escribiendo ley electoral España.

Ningún apoderado interventor o afiliado puede acosar molestar o insultar a cualquier persona apoderado votante o lo que sea.

Si el acoso se llegara a producir debe denunciarse inmediatamente al presidente de la mesa y exigir que conste en acta.

El presidente de la mesa al ser autoridad puede expulsar a un apoderado cuyo comportamiento suponga acoso a cualquier votante.

El presidente y los vocales son los últimos en votar.

Llegado el momento de la apertura de la urna nadie nos puede obligar a marcharnos del lugar donde hemos votado puesto qué es un acto público.
Mostrar la ley electoral como prueba de ello si fuera necesario.

El presidente de la mesa abre la urna y abre los sobres debe leer en voz alta la papeleta y se la muestra a cada vocal.

Nosotros podemos ir tomando nota.

La ley electoral está escrita de tal manera que el voto por correo es el más fácil de falsificar, pero debemos fijarnos que las personas que han votado por correo no figuren en el censo de voto manual.
En el caso de que hubiera duplicidad, ese voto quedaría nulo.

Una vez contadas todas las papeletas y anotado en el acta, esos datos son comunicados a los representantes del gobierno quiénes lo deben anotar en su tablet.

En ningún caso se puede aceptar que no haya representante del gobierno para enviar los datos a través de la tablet.
Si llegara a darse esa posibilidad, se debe inmediatamente exigir que conste en acta. Y conviene también denunciar este hecho en el juzgado de guardia o en la Guardia Civil.

Sí apareciera en la tablet “estos datos ya han sido enviados” o algo que impida el envío de esos datos se debe inmediatamente hacer constar en acta.
Si no lo hace el delegado del gobierno, el presidente de la mesa o los vocales lo deberán hacer los apoderados o incluso el público
Puesto que es una interferencia de suma gravedad constitutiva de delito de fraude electoral.

Cada apoderado podrá tener su copia del acta en el momento.

El acta original se meterá en el sobre con todas las incidencias y los votos nulos.
El presidente de la mesa y los vocales deben firmar cruzando el cierre del sobre.
Y este sobre debe ser llevado por el presidente de la mesa al juez del Tribunal de Primera Instancia quién lo recibirá firmando un recibí con la hora y la fecha. Documento que quedará adjunto al sobre del acta original. Este juez tiene 10 horas para llevar el sobre a la Junta Electoral.

El segundo sobre con la copia será llevado al Juzgado de Primera Instancia.

El tercer sobre con copia del acta será entregado a un funcionario de Correos que lo llevara a la Junta Electoral.

Esto son solo los resultados provisionales.

El escrutinio general se realiza 3 días después en la Junta Electoral . Debemos estar allí a las 11 donde el presidente de la Junta Electoral abrirá los sobres primeros con el acta original y se realizará el recuento en público.

Hasta que este recuento no se haya hecho en toda España no tenemos más que los resultados provisionales.

Este recuento es un acto público y nadie nos puede impedir asistir a él.

Si hubiera algún problema con el acta original se cotejarán los datos con los otros 2 sobres.

Cada votante es un vigilante y se debe conservar toda esta información para poder aportar la en el caso de que necesitábamos hacer una denuncia.